Descripción del servicio
Autorización mediante una resolución que autoriza a un establecimiento a operar bajo la modalidad turística de agencias de viajes y tour operadores..
A quién va dirigido
A todas las personas interesadas en operar en el sector turístico.
Servicio ofrecido por la Sección de Agencias de Viajes del departamento de Empresas y Servicios Turísticos de la República Dominicana.
Ave. México esq. Ave. 30 de Marzo, Edificio Oficinas Gubernamentales, Bloque D, 1er. nivel.
Tel.: 809-221-4660 ext. 1030 – 1036 – 1131 | Correo: [email protected]
REQUISITOS PARA OBTENER LICENCIA DE OPERACIÓN
- Dirigir una instancia al Ministerio de Turismo, indicando el nombre de la sociedad comercial que desea operar, actividad a la cual se dedicará, ubicación del centro de operación, número de teléfono del establecimiento, en caso de poseerlo, en su defecto del solicitante, y el correo electrónico. Dicha instancia deberá estar firmada por el propietario (gerente) y/o por su representante debidamente acreditado mediante poder notariado y legalizado. Deberá además especificar la categoría del tour operador que va a operar, sea Receptivo/Emisivo o Local/Doméstico.
- Fotocopia de la cédula de identidad y electoral de los socios y del representante legal, sea dominicano o residente legal. En caso de ser extranjero, fotocopia del pasaporte y residencia. De no poseer la residencia se admitirá con carácter temporal la visa de negocios emitida para tales efectos por las autoridades correspondientes.
- Certificado de No-Antecedente Judicial de los principales socios y /o del representante acreditado, expedido por la Procuraduría General de la República, vigente al momento del depósito.
- Dos (2) cartas de referencias comerciales a nombre de la sociedad y/o del ó los principales socios.
- Fotocopia del certificado de registro de nombre comercial, expedido por la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI).
- Documentos constitutivos de la compañía organizada bajo las leyes de la República Dominicana con un capital suscrito y pagado de por lo menos RD$500,000.00, registrados por ante la Cámara de Comercio y Producción, a saber:
- Copia de los Estatutos Sociales,
- Copia Nómina y Acta de presencia a la Asamblea General Constitutiva,
- Copia lista de Suscriptores y estado de pago de las acciones,
- Copia Acta de la última Asamblea Ordinaria Anual y Nómina, según lo establecido en los estatutos,
- Copia recibo de pago de impuestos por constitución de compañías de la DGII,
- Copia del Registro Mercantil expedido por la Cámara de Comercio y Producción vigente,
- Acta de inscripción de actividades en el Registro Nacional de Contribuyente expedida por la DGII,
- Depositar copia del legajo completo de los documentos de adecuación o transformación de la compañía, según la Ley 479-08, modificada por la Ley No. 31-11 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (Si aplica).
- Referencia bancaria que acredite la solvencia económica de la sociedad y/o de los principales socios.
- Certificado de título de propiedad o contrato de arrendamiento (inquilinato) o permiso de uso debidamente legalizados y notariados por ante la Procuraduría General de la República.
- Constituir póliza de responsabilidad civil, por un monto no menor un millón quinientos mil pesos dominicanos (RD$1,500,000.00), que especifique cubre la actividad de Tour Operadores, que cubran los riesgos de explotación del negocio, riesgos a través de terceros y por daños corporales, materiales (predios y operaciones, depositar póliza completa, condiciones generales).
El seguro de responsabilidad civil debe cubrir además: riesgos a los turistas desde las terminales hacia hoteles y/o lugares turísticos.
- Constituir fianza de garantía que cubra los riesgos de posibles cancelaciones e inejecuciones de contrato equivalente a un monto no menor de setecientos cincuenta mil pesos dominicanos (RD$750,000.00) para los Tour Operadores.
- Presentar planes y programas de excursiones (Para los Tour Operadores).
- Publicación en un diario de circulación nacional, durante tres (3) días consecutivos de la constancia de haber presentado al MITUR, la solicitud de la licencia de operaciones correspondiente.
- Recibo de compra por concepto de libro verde de inspección.
- Visto bueno de inspección realizada por el cuerpo de inspectores del MITUR.
- Pago a MITUR por concepto de emisión de la licencia de operación:
Agencias Operadoras de Turismo —- RD$30,000.0
- Los Tour Operadores Receptivos/Emisivos deben cumplir con lo establecido en el artículo 10 y PARRAFO del reglamento 815-03 que ordena:
¨Las agencias nacionales que prestan asistencia a clientes de tour operadores extranjeros, deberán poner en conocimiento a la MITUR, depositando contrato, acuerdo, o cualquier documento que demuestre que las actividades la realizan mancomunadamente incluyendo el logo y la emblema de la compañía representada¨.
Nota: Al momento del depósito de estos documentos deben estar organizados según se detallan.